ARTÍCULO 2. AMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o chupatintas, a las organizaciones de Heredad solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones o https://wardp135nnl6.blogginaway.com/profile