Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo – Cambios en horario, marcha laboral o funciones sin acuerdo previo. El recargo de prestaciones por casualidad laboral, se encuentra establecido en el artículo 164 de la Clase Caudillo de la Seguridad Social. Si quieres consultar si calificas para una tutela laboral consulta https://stephenv469bfk7.therainblog.com/profile