También, aquellos accidentes “in itinere”, es sostener, aquellos sufridos por el trabajador al ir y volver de éste. Sin bloqueo, para que sea catalogado de esta forma, se requiere de lo ulterior: que el accidente ocurra en el camino de ida o vuelta; que no se generen interrupciones entre el https://nicolaush790ycx2.blogaritma.com/profile